Los requisitos de la carrera profesional extraordinaria no son coherentes con el motivo de dicha convocatoria.
Para el reconocimiento de los grados II y III han aumentado el requisito de los años 15 y 20 respectivamente, de esta forma no se subsana el paron de convocatorias del 2012 al 2019. Si la suspensión no se hubiese producido, muchos profesionales, ya habrían accedido al grado II y III por el grado ordinario.
La limitación del acceso a la convocatoria de los profesionales que no están en activo entre el 1 de Enero de 2024 y el fin de la convocatoria, excluye a profesionales que, cumpliendo los requisitos exigidos a 31 de Diciembre, se encuentren en paro y no puedan participar.
recurso potestativo