Sustitución de los listados de los resultados definitivos del concurso de méritos, puntuaciones finales del concurso oposición y orden de clasificación publicados el día 26 de julio de 2022, por modificación de la puntuación de una persona aspirante.

El día 26 de julio de 2022 el tribunal calificador dio publicidad de los resultados definitivos de la fase de concurso de méritos y del resultado final del concurso oposición de la convocatoria, con indicación del número de orden de clasificación final alcanzado por cada persona aspirante, de acuerdo con las listas que figuraban como anexo 1 y 2 de la diligencia de 26 de julio de 2022 del tribunal.

Dado que se ha detectado un error en el anexo 1 de la citada diligencia de 26 de julio de 2022, concretamente en la puntuación del concurso de méritos otorgada a Dª. Doña María Pilar Quinquillà Batiste, en la que consta una puntuación de 9,195 puntos, cuando de hecho la puntuación que le corresponde debe ser de 59,195 puntos, en virtud de la resolución de la alegación presentada en tiempo y forma por Dª. Quinquillà.

Dado asimismo que el error mencionado en el párrafo anterior comporta una modificación en la puntuación final del concurso oposición de Sra. Quinquillà, a la que le corresponde una puntuación de 213,559 puntos en lugar de los 163,559 puntos que figuran en el anexo 2 de la citada diligencia de 26 de julio de 2022 de este tribunal calificador, y por tanto, hay que calcular nuevamente el orden de clasificación final de todas las personas aspirantes.
Como consecuencia de lo mencionado anteriormente, procede modificar únicamente los listados a que se refieren los acuerdos 2º. y 3º establecidos en la diligencia de 26 de julio de 2022 de este tribunal calificador, y mantener la información contenida en el resto de acuerdos de dicha diligencia.

Por tanto, de acuerdo con lo que establece el artículo 109.2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015 ), en el que se establece que las administraciones públicas pueden rectificar, en cualquier momento, de oficio a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, y de acuerdo con todo lo expuesto anteriormente, este tribunal calificador,

ACUERDA:

1º. Sustituir a todos los efectos la lista de los resultados definitivos de la fase de concurso de méritos, que se publicó en el anexo 1 de la diligencia de 26 de julio de 2022, por la lista que figura como anexo 1 de esta diligencia.

2º. Sustituir a todos los efectos la lista del resultado final del concurso oposición de la convocatoria de referencia, con indicación del número de orden de clasificación final alcanzado por cada persona aspirante y con indicación también de las personas que tienen acreditada la condición legal de discapacidad, que se publicó en el anexo 2 de la diligencia de 26 de julio de 2022, por la lista que figura como anexo 2 de esa diligencia.