Resolución de 12 de julio de 2022, de la Presidencia del Servicio Riojano de Salud, por la que se convoca el procedimiento de reconocimiento de grados I, II, III y IV en el sistema de carrera y desarrollo profesional del personal al servicio de las Instituciones Sanitarias del Servicio Riojano de Salud

Aprobadas las convocatorias para los años 2020, 2021 y 2022 del procedimiento de reconocimiento de los grados I, II, III y IV en el período ordinario del sistema de carrera y desarrollo profesional del personal de las Instituciones Sanitarias del Servicio Riojano de Salud

Los requisitos y méritos para formular la solicitud de reconocimiento del Grado I, II, III y IV de carrera/desarrollo profesional, en período ordinario, son los establecidos en la Resolución de 13 de noviembre de 2020 de la Presidencia del Servicio Riojano de Salud por la que se aprueba el modelo y se regula el procedimiento de reconocimiento de los grados I, II, III y IV de carrera profesional y desarrollo del Servicio Riojano de Salud.

Los requisitos y méritos que deben tenerse en cuenta para participar en este proceso ordinario deberán reunirse para la convocatoria del año 2020 el 1 de enero de 2020, para la convocatoria del año 2021 el 1 de enero de 2021 y para la convocatoria del año 2022 el 1 de enero de 2022. No obstante, el requisito de estar en situación de servicio activo o con reserva de plaza o puesto en instituciones sanitarias del Servicio Riojano de Salud o servicios especiales deberá reunirse a lo largo del mes de enero de los años 2020, 2021 o 2022 según corresponda.

Quienes deseen solicitar el grado I, II, III o IV de carrera/desarrollo profesional deberán presentar la solicitud telemática en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución.

Las personas interesadas, deberán registrar sus solicitudes mediante el acceso a la página web: (http://riojasalud.es)  siguiendo las instrucciones que se establecen en la misma y las que la propia aplicación proporciona.

Una vez enviada la solicitud a través de la página web, los solicitantes, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para remitir a la Dirección de Recursos Humanos los documentos acreditativos de aquellos datos que no aparezcan en la aplicación. Los mismos podrán presentarse según lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Resolución completa