El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado la Resolución de 23 de junio de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se acuerda la publicación del Acuerdo de 14 de mayo de 2026 sobre el proceso de integración del personal laboral de la empresa pública Hospital Universitario de Fuenlabrada en el régimen estatutario del Servicio Madrileño de Salud.
El acuerdo regula el procedimiento y las condiciones de integración voluntaria del personal laboral del Hospital Universitario de Fuenlabrada en el régimen jurídico estatutario del SERMAS, en el marco de la extinción de la empresa pública y su integración como centro de atención hospitalaria del Servicio Madrileño de Salud.
El proceso será voluntario y se aplicará al personal con contrato laboral fijo, indefinido no fijo, temporal e interino en vacante, siempre que cumpla los requisitos establecidos en la normativa aplicable. El personal que no se integre continuará sujeto al régimen laboral correspondiente.
El texto recoge, entre otros aspectos, la homologación de categorías profesionales, el régimen jurídico aplicable, las condiciones económicas y laborales, la antigüedad y trienios, la carrera profesional, la participación en procesos selectivos y de provisión, así como el régimen aplicable al personal temporal e interino.
En relación con las condiciones laborales, el acuerdo contempla el mantenimiento de la jornada, turnos de trabajo, puestos y unidades en las que el personal venga prestando servicios en el momento de la integración.
Asimismo, se establecen tablas de equivalencia entre las categorías laborales del Hospital Universitario de Fuenlabrada y las categorías estatutarias correspondientes del SERMAS. Entre ellas figuran distintas categorías de Técnicos Superiores Sanitarios, como Documentación Sanitaria, Anatomía Patológica, Laboratorio, Radioterapia, Radiodiagnóstico y Medicina Nuclear.
El calendario previsto establece que la apertura del plazo de solicitudes se realizará durante el año 2026, mediante publicación en el BOCM, antes del 31 de octubre de 2026. La integración tendrá efectos desde el 1 de enero de 2027.
El acuerdo también prevé la constitución de una comisión de seguimiento integrada por las partes firmantes, con funciones de interpretación del acuerdo, resolución de conflictos y seguimiento del proceso de integración.
