Resolución de la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil por la que se publica relación provisional de las solicitudes admitidas y excluidas para el encuadramiento a través del procedimiento ordinario en el nuevo nivel/grado quinto de carrera profesional
Aprobada la relación provisional de las personas que presentaron la solicitud para el acceso al nivel 5 de Carrera Profesional
- Anexo I: relación provisional de las solicitudes de interesados/as Personal Sanitario de Formación Profesional que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en el nivel/grado quinto solicitado.
- Anexo II: relación provisional de las solicitudes de interesados/as Personal Sanitario de Formación Profesional desestimadas que no superan la correspondiente evaluación de los méritos acreditados para acceder al nivel/grado quinto, haciendo constar respecto de cada solicitante los apellidos, nombre, número del documento acreditativo de identidad, nivel/ grado al que puede aspirar, créditos totales otorgados, créditos parciales por cada uno de los apartados del baremo y causa de la desestimación provisional.
- Anexo III: relación provisional por categorías/especialidades de las solicitudes de interesados/as Personal Sanitario de Formación Profesional estimadas para el encuadramiento en el nivel/grado quinto, haciendo constar respecto a cada solicitante los apellidos, nombre, número del documento acreditativo de identidad
Se acuerda la apertura de un trámite de audiencia, por plazo de diez días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación, por parte de la Dirección Gerencia, del contenido de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en el que los interesados/as podrán:
- Reclamar contra las desestimaciones, aportando los documentos necesarios para justificar los periodos de servicios prestados que pretendan hacer valer (en caso de acreditación de servicios previos debe hacerlo mediante presentación de modelo “Anexo I”, recogido en la Ley 70/1978, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública).
- Reclamar por la posible exclusión de la relación o los errores que pudieran observar, aportando los documentos justificativos en los que apoyen su reclamación (en caso de acreditación de servicios previos debe hacerlo mediante presentación de modelo “Anexo I”, recogido en la Ley 70/1978, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública).
- Renunciar a su encuadramiento en el nivel/grado quinto de la carrera profesional.
La presentación de las reclamaciones y renuncias deberá hacerse a través de la sede electrónica del Servicio Canario de la Salud, en los términos previstos en la instrucción quinta de la Instrucción n.º 8/2025, del Director del Servicio Canario de la Salud.
