Acuerdo del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de la Administración del Principado de Asturias de mejoras retributivas, organizativas y laborales para el personal del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

El presente Acuerdo es el resultado de un proceso estructurado de negociación colectiva iniciado a partir del documento conjunto presentado el 20 de enero de 2026 por las organizaciones sindicales bajo la denominación de “Frente Común Sindical” del que nuestra organización sindical forma parte

Medidas Retributivas

  • Actualización progresiva del coeficiente de ponderación nocturna.

Se incrementará al 1,24 durante el ejercicio 2026, que será de aplicación el 1 de julio de 2026 y que se complementará hasta alcanzar un coeficiente de 1,26, en el mes de abril de 2027.

  • Actualización de las cuantías por nocturnidad en jornada ordinaria hospitalaria.

Se acuerda el incremento progresivo durante los ejercicios 2026, que se incrementarán un 25% sobre las cuantías vigentes a fecha 01/01/2026 desde el 01/06/2026, y en 2027 desde el 1 de abril, que se incrementarán un 20% sobre las vigentes a fecha 01/01/2027, lo que supone una mejora en su conjunto del 45% de incremento de las cuantías percibidas por la realización de trabajo nocturno en jornada laboral ordinaria en el ámbito hospitalario.

 

Tarifa 2026 Año 2026: aplicándose desde el 1 de junio de 2026 Año 2027 se aplicará desde el día 1 de abril de 2027
4.01 5.01 6.01
  • Reordenación de la productividad variable asociada a programas especiales

Con el fin de homogeneizar y racionalizar la retribución derivada de la participación en programas especiales, las partes firmantes acuerdan restablecer el sistema de proporcionalidad por grupos de clasificación profesional.

Concretamente se fijan, para las categorías que se enumeran a continuación, las siguientes retribuciones con vigencia desde el día 1 de junio de 2026:

Programa especial de demora quirúrgica 236,73€
Programa especial de procedimientos intervencionistas u otros análogos necesarios para el control de demoras 218,97€
Programa especial de procedimientos no intervencionista u otros análogos necesarios para el control de demoras 177,54€
Programa especial de asistencia a procesos quirúrgicos complejos 267.91€
  • Compatibilidad.

Se habilita la posibilidad de reconocer al personal de todas las categorías profesionales del SESPA, excluyendo al personal sanitario facultativo que ya se pude acoger a esta medida, la compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas.

  • Complemento de homogeneización para los profesionales y las profesionales sin acceso a complementos variables.

Con el objetivo de corregir las desigualdades retributivas derivadas de acuerdos anteriores y mejorar la situación de aquellos/as profesionales que no han sido objeto de incrementos recientes, se establece una subida de 30 euros mensuales en el complemento específico “cantidad mensual de carácter básico para personal que no perciba ninguna retribución mensual por conceptos de turnicidad, nocturnidad, noches festivas o atención continuada”

Medidas organizativas y de condiciones de trabajo

  • Reconocimiento y compensación del solape de jornada por continuidad asistencial.

Se reconoce el solape de jornada como tiempo de trabajo efectivo para aquellas categorías profesionales que, por la naturaleza de su actividad, participen en relevos que requieran garantizar la continuidad asistencial. En el caso de los Técnicos Superiores Sanitarios que cumplan este criterio el tiempo de solape será de 7 minutos

  • Compensación al personal del ámbito de Atención Primaria del SESPA por estancia y permanencia en el centro de trabajo.
  • Desplazamientos en Atención Primaria: Recursos alternativos (Vehículo y Taxi/Clave M).
  • Flexibilización de la jornada complementaria: Modelos de 12 horas.

RESOLUCIÓN COMPLETA