RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2019, de la Dirección Gerencia, por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados en el proceso selectivo convocado por Resolución de 18 de septiembre de 2017, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico/a Especialista en Radiodiagnóstico, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud. (2019062648)
De conformidad con lo dispuesto en la base décima de la Resolución de 18 de septiembre de 2017 (DOE n.º 187, de 28 de septiembre), de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico/a Especialista en Radiodiagnóstico, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, esta Dirección Gerencia,
RESUELVE:
Primero. Hacer pública la relación definitiva de aprobados en el proceso selectivo citado en el encabezamiento de esta resolución, según relación adjunta.
La relación definitiva de aprobados, podrá asimismo consultarse en la dirección de internet:
https://convocatoriasses.gobex.es
Segundo. De acuerdo con lo previsto en la base undécima, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y que, en función de la puntuación obtenida, se encuentren dentro del número total de las plazas ofertadas en cada uno de los turnos de acceso convocados, deberán presentar en la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria que se citan, en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, y por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Igualmente conforme a la base 11.2 de la convocatoria, que permite establecer un número adicional de aspirantes obligados a presentar esa documentación, deberán presentarla los aspirantes del turno libre con el número de orden 12 (Carlos García Centeno, DNI***0846**) y 13 (Carmen Cabeza Rodríguez, DNI***0597**).
a) Fotocopia compulsada del DNI o pasaporte, salvo que en la solicitud de participación se haya otorgado al Servicio Extremeño de Salud la autorización para que compruebe de oficio los datos de identidad personal mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI) dependiente del Ministerio de Ministerio de Política Territorial y Función Pública, conforme al Decreto 184/2008, de 12 de septiembre, por el que se suprime la obligación para los interesados de presentar la fotocopia de los documentos identificativos oficiales en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en este proceso selectivo según lo establecido en la base 2.1.a), deberán presentar fotocopia compulsada del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Fotocopia compulsada del título académico o del certificado exigido para la participación en este proceso selectivo. En el caso de titulaciones extranjeras, deberá aportar el documento que acredite que dicho título tiene reconocimiento y validez en todo el territorio español.
Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones equivalentes a las exigidas, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca la misma o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el órgano competente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello.
c) Declaración jurada de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de cualquier servicio de salud o Administración Pública, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, y de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española, según en el modelo que figura en el anexo VI de la convocatoria.
d) Declaración jurada o promesa de no poseer, en la fecha establecida, la condición de personal estatutario fijo de la misma categoría a la que accede, según en el modelo que figura en el anexo VI de la convocatoria.
e) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que imposibilite el normal desempeño de sus funciones. Este certificado deberá expedirse por el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda al interesado y en modelo oficial.
f) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, salvo que en la solicitud de participación se haya otorgado al Servicio Extremeño de Salud la autorización para recabar los correspondientes datos derivados de la base 2.1.i). Además de la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales prevista anteriormente, los aspirantes que tenga otra nacionalidad distinta a la española y aquellos que gozaran de doble nacionalidad, deberán aportar certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, traducido al castellano y legalizado de acuerdo con los Convenios Internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
g) Los aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar, además de los documentos a que se refiere las letras anteriores, certificación de los órganos competentes que acredite tal condición y el grado de discapacidad
h) Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán presentar además de los documentos enumerados en los apartados c), d), e) y f), los documentos que acrediten los requisitos establecidos en la base 2.2 de la convocatoria mediante certificado original o fotocopia compulsada.
Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos señalados anteriormente, se podrá acreditar, que se reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
Tercero. Quienes, estando obligados a hacerlo según lo establecido anteriormente, no presenten la documentación acreditativa, perderán, salvo caso de fuerza mayor, el derecho a ser nombrados personal estatutario fijo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado puede ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 23 de octubre de 2019.
El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud, CECILIANO FRANCO RUBIO
ACCESO A LISTA:
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ACCESO A LA DISPOSICIÓN
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