Resolución por la que se hace pública la convocatoria para solicitar los niveles de carrera profesional de personal estatutario de todos los grupos profesionales del área funcional sanitaria y del área funcional de gestión y servicios del Instituto Catalán de la Salud

Publicada la convocatoria para solicitar el primer, segundo, tercer o cuarto nivel de carrera profesional de personal estatutario del área funcional sanitaria y del área funcional de gestión y servicios del Instituto Catalán de la Salud.

En la resolución de esta convocatoria se tendrán en cuenta los requisitos, méritos y criterios de evaluación que se establecen en el II y III Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad, y en esta Resolución.
Solo se resolverán aquellos niveles que se marquen expresamente en la solicitud. En cualquier caso, será necesario alcanzar el número mínimo de créditos establecidos para cada nivel solicitado.

Las solicitudes se pueden presentar desde el día 1 de diciembre al 31 de diciembre de 2025, ambos inclusive.

Las solicitudes deben formalizarse y registrarse exclusivamente por vía telemática mediante el módulo de “Carrera profesional” de la aplicación del Sistema de Gestión de Recursos Humanos (SGRH).

Es imprescindible estar registrado en el SGRH para poder realizar la solicitud. En caso de no estar registrado, deberá darse de alta como nuevo usuario.

Las personas solicitantes deben introducir, previamente, en el módulo “Gestión de currículum” del SGRH, el título académico oficial que las habilite para el desarrollo de su categoría profesional en caso de que este no esté ya introducido.

A efectos de su valoración, todas las solicitudes deben incluir los méritos que han de tenerse en cuenta para determinar si se alcanza el nivel pedido que es objeto de la solicitud.

Se incluirán en la solicitud todos los méritos de formación, docencia e investigación que hayan sido detallados en el módulo “Gestión de currículum” del SGRH hasta el momento en que se formule la solicitud de carrera profesional. Los méritos correspondientes a la actividad, la valoración de competencias y el compromiso con la organización se incluirán de forma automática durante la tramitación del proceso de carrera profesional.

Se valorarán los méritos que hayan sido obtenidos en el período de cómputo, de acuerdo con lo establecido en los citados II y III Acuerdo, y siempre que hayan sido realizados antes del 31 de diciembre de 2025, incluido.

La solicitud telemática estará disponible mediante la aplicación informática de carrera profesional a la que se accede desde las siguientes direcciones:
https://www.ics.intranet.gencat.cat/sgrh/ (Intranet)
https://www1.ics.gencat.cat/SGRH (Internet).

RESOLUCIÓN COMPLETA