Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se publica la lista provisional de puntuaciones de la actualización de la bolsa única para seleccionar personal estatutario temporal del Servicio de Salud de la categoría Técnico Superior en Laboratorio y la lista de excluidos del concurso de méritos para constituir la bolsa única de dicha categoría
Aprobada la lista provisional de puntuaciones de los candidatos admitidos de la actualización de la bolsa única para seleccionar personal estatutario temporal del Servicio de Salud de la categoría Técnico Superior en Laboratorio (anexo 1.1 lista provisional de méritos
admitidos con puntuación por orden alfabético).
Aprobada la lista provisional de puntuaciones de los candidatos que no han acreditado el requisito del nivel de conocimientos de catalán en la fecha de corte de la actualización de bolsa. Estos están en la situación de no disponible hasta que acrediten este requisito (anexo 1.2 lista provisional de candidatos que no han indicado que estén en posesión del requisito de la lengua catalana, con puntuación y orden alfabético). Cuando aporten la documentación acreditativa del requisito de lengua catalana pasarán a formar parte de la lista mencionada en el punto anterior, en la posición que les corresponda de acuerdo con la puntuación de sus méritos. No obstante, los puntos que les puedan corresponder en el área de méritos referida a conocimientos orales y escritos de catalán no se sumarán en su expediente hasta la siguiente actualización de la bolsa.
Aprobada la lista provisional de excluidos tras la comprobación, a cargo de la Unidad de Bolsa Única, de la documentación que acredita los requisitos y méritos que previamente habían introducido telemáticamente los aspirantes (anexo 2 lista provisional excluidos).
Se establece un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución para presentar las reclamaciones o las alegaciones que se consideren oportunas .Pueden presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro y en las oficinas auxiliares del Servicio de Salud de las Islas Baleares o por cualquiera de las vías previstas por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.