Orden Foral del consejero de Salud, por la que se aprueban las normas de gestión de las listas de aspirantes a la contratación temporal en los centros y establecimientos de los organismos autónomos adscritos al Departamento de Salud.
La presente regulación deroga la Orden Foral 347E/2017, de 23 de marzo, del consejero de Salud,por la que se aprueban las normas de gestión de las listas de aspirantes a la contratación temporal en los centros y establecimientos de los organismos autónomos adscritos al Departamento de Salud. Las disposiciones de esta nueva norma serán, como en la anterior regulación, aplicables al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y al organismo autónomo Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.
Entre los cambios que se han introducido respecto a la anterior regulación cabe destacar, entre otros, la posibilidad de las personas aspirantes de realizar cambios en la elección de centro/ámbito y tipo de listas en dos ocasiones a lo largo del año.
También se introduce una nueva causa justificada de rechazo de ofertas sin penalización relacionada con las familias monoparentales y otras situaciones de monoparentalidad, teniendo en cuenta las especiales circunstancias con que cuentan estas familias para el cuidado de los menores a su cargo.